Publicado: Martes, 19 Febrero 2019 13:20

Orden de 11 de febrero de 2019 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazo: 10 días hábiles

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes para participar en el presente procedimiento deberán cumplimentarse obligatoriamente mediante el modelo que estará disponible en la dirección: https://pdocente.educarex.es/acreditacion/solicitud/ conforme a las instrucciones facilitadas. Para ello, el usuario deberá autentificarse en la Plataforma mediante la clave de acceso a Rayuela.

Una vez cumplimentada la solicitud electrónica será imprescindible imprimirla, firmarla y presentarla junto con el resto de la documentación . No se tendrán por presentadas las solicitudes que no sean cumplimentadas en la citada dirección de internet, ni las que no tengan entrada en cualquiera de los registros administrativos indicados.

Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.En caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado antes de ser certificado.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES a partir del día 20 de febrero 2019.

Las solicitudes podrán presentarse hasta el día 5 de marzo 2019.

1. Quedan excluidos de este procedimiento los solicitantes para la integración por primera vez en las listas de espera del Cuerpo de MAESTROS (cuyo plazo acaba el día 28 de Febrero), salvo que pertenezcan a una lista extraordinaria. 
 
2. Las titulaciones incluidas en el anexo I NO es necesario presentarlas traducidas.
 
3. El personal docente ya acreditado y habilitado en virtud de las resoluciones de 10 de febrero de 2016, 7 de septiembre de 2017 y 30 de agosto de 2018, en caso de obtener nuevas especialidades o integrarse en nuevas listas de espera,  NO precisa solicitar una nueva habilitación
para impartir áreas, materias o módulos no lingüísticos en programas bilingües, salvo en el caso de que la acreditación y habilitación se solicite para una lengua extranjera diferente de la reconocida en las resoluciones citadas.

 

► SOLICITUD